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El Puerto de Santa María
20 ABRIL 2024 ·

SUBVENCIONES PARA LA MODERNIZACIÓN Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD Y RELEVO GENERACIONAL DE LAS PYMES COMERCIALES Y ARTESANAS

Resumen de Bases y Convocatorias

Las pymes comerciales y artesanas de Andalucía interesadas en modernizar sus empresas e incrementar su competitividad y para relevo generacional tienen a su disposición un nueva Convocatoria de ayudas que lanza la Junta de Andalucía y que se traduce en cuatro LÍNEAS o MODALIDADES:

A) Proyectos de modernización digital de las pymes comerciales y artesanas. Persigue impulsar la transformación de las empresas a través de las TIC y su incorporación al ámbito digital y al comercio electrónico. Estos proyectos pueden contemplar una o varias actuaciones con una inversión máxima subvencionable por cada establecimiento de 6.000 € y mínima de 1.500 € (IVA excluido)

B) Proyectos de modernización y actualización de las pymes comerciales y artesanas. Que les permita marcar la diferencia frente al resto de formatos, atrayendo a nueva clientela con el fin de incrementar su productividad (reformas, equipamientos, mobiliario, imagen corporativa, etc.) Estos proyectos pueden contemplar una o varias de las actuaciones con una inversión máxima subvencionable por cada establecimiento de 15.000 € y mínima de 1.500 € (IVA excluido):

C) Proyectos de expansión de las pymes comerciales y artesanas. Mediante la apertura de un nuevo punto de venta comercial o un nuevo establecimiento artesano. Estos proyectos pueden contemplar una o varias actuaciones con una inversión máxima subvencionable por cada nuevo establecimiento de 21.000 € y mínima de 3.000 € (IVA excluido)

D) Proyectos de relevo generacional de las pymes comerciales y artesanas. Que contribuyan a dar continuidad a las empresas por jubilación, incapacidad permanente, fallecimiento del titular u otras causas sobrevenidas. Estos proyectos pueden contemplar una o varias actuaciones con una inversión máxima subvencionable de hasta 6.000 € (IVA excluido) de límite en empresas de menos de 10 personas trabajadoras:

La cuantía de la subvención podrá llegar HASTA EL 100% DEL TOTAL DEL PRESUPUESTO ACEPTADO con el límite establecido por tipología de actuación.

En general, serán GASTOS SUBVENCIONABLES todos los que estén directamente relacionados con las actividades e inversiones objeto de las ayudas (recogidos en las bases de la Convocatoria), comprendido entre el 14 de marzo de 2020 y la finalización del plazo de ejecución del proyecto

EL ABONO de la subvención SE REALIZARÁ DE FORMA ANTICIPADA a la justificación del gasto.

En general, podrán ser BENEFICIARIAS de estas ayudas, las pymes comerciales y artesanas, personas físicas o jurídicas y otras agrupaciones o unidades económicas con domicilio en Andalucía dadas de alta en el IAE de actividad económica principal sea de comercio minorista relacionados en el Anexo I con anterioridad a la presentación de la solicitud. Si sólo se lleva a cabo una actividad comercial on-line, deberán acreditar la creación de empleo directo en el territorio. Las pymes artesanas deberán estar inscritas en el Registro de Artesanos de Andalucía.

  • PLAZOS de presentación de solicitudes:
    • Modalidades A, B y C: Desde el 2 de julio hasta el 3 de agosto de 2020.
    • Modalidad D: Desde el 2 de julio hasta el 30 de septiembre de 2021.
  • PRESENTACIÓN: A través del Registro Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, pudiéndose acceder al trámite a través del siguiente enlace:

Este programa está cofinanciado al 80% por la Unión Europea, a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional.


PREGUNTAS FRECUENTES SOBRE “Subvenciones dirigidas a la modernización y aumento de la competitividad y el relevo generacional de las pymes comerciales y artesanas andaluzas”

Bases Reguladoras: Orden de 7 de mayo de 2020 Boja 24 de 11/05/2020
Convocatorias: Resoluciones de 26 de junio de 2020. Boja 125 de 01/07/2020

¿QUIÉNES PUEDEN BENEFICIARSE DE ESTAS SUBVENCIONES?

PYMES comerciales y artesanas, personas físicas o jurídicas y otras agrupaciones o unidades económicas con domicilio en Andalucía y que desarrollen su actividad comercial o artesana en Andalucía. Si sólo se lleva a cabo una actividad comercial on-line, deberán acreditar la creación de empleo directo en el territorio.

¿QUÉ REQUISITOS DEBEN DE CUMPLIR LAS PYMES COMERCIALES Y ARTESANAS?

Las pymes de comercio minorista que soliciten subvenciones para proyectos de las modalidades A, B y C, deberán de cumplir los siguientes requisitos:

• Estar dados de alta en alguno de los epígrafes del IAE relacionados en el Anexo I de la Orden, con anterioridad a la presentación de la solicitud;

• Que la actividad principal de la empresa esté encuadrada en el ámbito del comercio minorista.

En el caso de las pymes artesanas que soliciten subvenciones para proyectos de las modalidades A, B y C, deben reunir los siguientes requisitos:

• Estar dadas de alta en el IAE con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud;

• Acreditar la condición de artesana, mediante su inscripción en el Registro de Artesanos de Andalucía, con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.

Además, las pymes comerciales y artesanas que deseen llevar a cabo un proyecto de modalidad C, deberán acreditar que han mantenido la actividad económica con establecimiento físico u on-line, durante un período previo ininterrumpido de al menos dos años, desde la fecha de inicio de presentación de las solicitudes.

En el caso de pymes que soliciten la ayuda para el desarrollo de los proyectos de la modalidad D, deberán estar constituidas con carácter previo a la presentación de la solicitud, con al menos cinco años de antigüedad. Los requisitos señalados anteriormente deberán mantenerse desde la fecha de presentación de la solicitud y la fecha de presentación de la justificación de la ayuda.

¿QUÉ TIPO DE LÍNEAS DE SUBVENCIONES HAY?

Línea A - Proyectos de modernización digital de las pymes comerciales y artesanas. Pretende impulsar la transformación de las empresas a través de las TIC y su incorporación al ámbito digital y al comercio electrónico.

Línea B - Proyectos de modernización y actualización de las pymes comerciales y artesana. Medidas que permitan marcar la diferencia frente al resto de formatos, atrayendo a nueva clientela con el fin de incrementar su productividad.

Línea C- Proyectos de expansión de las pymes comerciales y artesanas. Apertura de un nuevo punto de venta comercial o un nuevo establecimiento artesano.

Línea D - Proyectos de relevo generacional de las pymes comerciales y artesanas. Actuaciones que contribuyan a dar continuidad a las empresas por jubilación, incapacidad permanente, fallecimiento del titular u otras causas sobrevenidas.

¿A CUÁNTAS LÍNEAS DE SUBVENCIÓN PUEDO PRESENTAR SOLICITUD?

Cada pyme podrá solicitar subvención para el desarrollo de un proyecto de cada una de las líneas. En el caso de que la pyme, comercial o artesana, solicite subvención para establecimientos ubicados en distintas provincias, en cada provincia presentará los proyectos relativos al establecimiento o establecimientos situados en la misma en los que se vayan a desarrollar las actuaciones. En todo caso, el proyecto en su conjunto ha de respetar los límites máximos subvencionables para cada modalidad.

¿ QUÉ CUANTÍA ES LA MÁXIMA EN CADA UNA DE LAS LÍNEAS?

Hasta el 100% del total del presupuesto aceptado con el límite establecido por tipología de actuación. El abono de la subvención se realizará de forma anticipada a la justificación del gasto y ascenderá al 100% de la subvención si la misma no supera la cuantía de 6.000 €.

Línea A - Proyectos de modernización digital de las pymes comerciales y artesanas. Estos proyectos pueden contemplar una o varias de las siguientes actuaciones con una inversión máxima subvencionable por cada establecimiento de 6.000 € y mínima de 1.500 € (IVA excluido).

Línea B - Proyectos de modernización y actualización de las pymes comerciales y artesana. Estos proyectos pueden contemplar una o varias de las siguientes actuaciones con una inversión máxima subvencionable por cada establecimiento de 15.000 € y mínima de 1.500 € (IVA excluido).

Línea C- Proyectos de expansión de las pymes comerciales y artesanas. Estos proyectos pueden contemplar una o varias de las siguientes actuaciones con una inversión máxima subvencionable por cada nuevo establecimiento de 21.000 € y mínima de 3.000 € (IVA excluido).

Línea D - Proyectos de relevo generacional de las pymes comerciales y artesanas. Estos proyectos pueden contemplar una o varias de las siguientes actuaciones con una inversión máxima subvencionable dependiendo del tamaño de la empresa, estableciéndose 6.000 € de límite en empresas de menos de 10 personas trabajadoras.

¿QUÉ PLAZO HAY PARA SOLICITAR?

Plazo modalidades A, B y C: Desde el 2 de julio hasta el 3 de agosto de 2020.

Plazo modalidad D: Desde el 2 de julio hasta el 30 de septiembre de 2021.

¿DÓNDE SE PUEDE SOLICITAR?

Una vez cumplimentado el formulario de solicitud, se presentará a través del Registro Electrónico de la Administración de la Junta de Andalucía, pudiéndose acceder al trámite a través del siguiente enlace

¿QUÉ GASTOS SON SUBVENCIONABLES?

En general, todos los gastos que estén directamente relacionados con las actividades e inversiones objeto de las ayudas. En los proyectos de las modalidades B y C, además, será subvencionable el equipamiento destinado a la protección de las personas, consistente en elementos destinados a la prevención de la propagación del COVID 19.

Quedan excluidos en particular, los siguientes:

• La adquisición de televisores, reproductores de sonido e imagen y teléfonos móviles. Las tablets, salvo que sean un elemento necesario para el desarrollo de una actuación relacionada con la mejora de la gestión empresarial y la implantación de soluciones digitales.

• Los programas antivirus, actualizaciones de software, renovación de licencias o gastos de mantenimiento.

• Los gastos de registro de dominio y hosting o alojamiento de la web.

• Las obras o actuaciones en cuartos de baño, oficinas, almacenes y otras dependencias no incluidas en el espacio de venta.

• Los permisos y renovación de licencias adquiridas con anterioridad.

• La adquisición de materiales u otros elementos para la realización de las obras por el propio solicitante.

• La instalación de sistemas de alarma, seguridad o similares. • La adquisición de locales o bienes inmuebles.

• La maquinaria y equipamiento para la fabricación y elaboración de productos objeto de comercialización, excepto para las pymes artesanas.

• Los bienes usados.

• Los arrendamientos financieros.

• Los costes de traspaso del negocio.

Los gastos subvencionables podrán realizarse en el periodo comprendido entre el 14 de marzo de 2020 y la finalización del plazo de ejecución establecido en la resolución de concesión que como máximo será de 6 meses. Los proyectos no serán seleccionados para recibir ayuda si han concluido materialmente o se han ejecutado íntegramente antes de que la persona interesada presente la solicitud a esta convocatoria.

¿DÓNDE PUEDO CONSULTAR DUDAS?

GUÍA DE LA CONVOCATORIA

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