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El Puerto de Santa María

El equipo de Gobierno eleva al pleno de octubre la bonificación del 50 por ciento del IBI a los portuenses que instalen energía solar

El equipo de Gobierno eleva al pleno de octubre la bonificación del 50 por ciento del IBI a los portuenses que instalen energía solar
09/10/2019 #Economía
El alcalde de El Puerto señala que con esta bonificación se está gratificando a los ciudadanos que optan por energías alternativas y sostenibles, que inciden en el cuidado y en la protección del medioambiente.

El alcalde de El Puerto de Santa María, Germán Beardo, informa que mañana miércoles 9 de octubre el equipo de Gobierno eleva a aprobación plenaria la modificación de la ordenanza fiscal del IBI para beneficiar a los portuenses que instalen energía solar.

Así, detalla el primer edil de la ciudad, obtendrán una reducción del 50%, durante dos años, en el Impuesto de Bienes Inmuebles todos aquellos inmuebles residenciales que instalen energía solar y no sean de nueva construcción.

Con esta bonificación se está gratificando a los ciudadanos que optan por energías alternativas y sostenibles, que inciden en el cuidado y en la protección del medioambiente; reduciendo considerablemente la carga fiscal de muchas familias que se podrán acoger a esta bonificación.

Cumpliendo así, apuntilla el alcalde con el deber del Ayuntamiento, en su condición de Administración Pública, “de promover la utilización de energías alternativas y no contaminantes, así como de facilitar el avance de la ciudad hacia la sostenibilidad medioambiental”; además de cumplir con su compromiso de ir reduciendo progresivamente los impuestos.

Beardo explica que la modificación en la ordenanza fiscal del IBI recoge textualmente “que tendrán derecho a una bonificación del cincuenta por ciento de la cuota íntegra del impuesto los bienes inmuebles de uso residencial, que no sean de nueva construcción, en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía proveniente del sol para autoconsumo”.

El texto también especifica que la bonificación “se aplicará únicamente durante los dos años siguientes al que se haya realizado la instalación y tendrá que ser solicitada por los beneficiarios antes del I de febrero del año en el que corresponda su aplicación, previa justificación documental de la misma”.

El alcalde de la ciudad indica que la ordenanza también “establece como limitaciones para beneficiarse de la reducción que las instalaciones para producción de calor incluyan colectores que dispongan de la correspondiente homologación por la Administración competente y que la instalación haya sido realizada con carácter voluntario por el sujeto pasivo y no responda a obligaciones derivadas de Ia normativa vigente”.

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