Consejo Municipal de Medio Ambiente y Sostenibilidad
Órgano colegiado de participación ciudadana sectorial, de carácter asesor y cuyas decisiones son no vinculantes.
A tenor del artículo 7º de su reglamento, el Consejo Municipal de Medio Ambiente y Sostenibilidad tiene encomendadas las siguientes funciones que serán ejercidas a través de su Asamblea:
- Conocer y evaluar los resultados de la gestión municipal en relación con el Medio Ambiente.
- Informar y asesorar, al Excmo. Ayuntamiento, en materia medioambiental, no teniendo dichos informes carácter vinculante.
- Formular propuestas e iniciativas medioambientales a los órganos competentes.
- Colaborar en los programas y campañas de información, divulgación y desarrollo de actividades municipales del CMMA.
- Crear las Comisiones de Estudio sobre materias especificas que se consideren oportunas, cuya composición y régimen de funcionamiento determinará la Asamblea.