AVISO OAC
Según el artículo 14.2 de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas
"En todo caso, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, al menos, los siguientes sujetos:
- a) Las personas jurídicas.
- b) Las entidades sin personalidad jurídica.
- c) Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. En todo caso, dentro de este colectivo se entenderán incluidos los notarios y registradores de la propiedad y mercantiles.
- d) Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.
- e) Los empleados de las Administraciones Públicas para los trámites y actuaciones que realicen con ellas por razón de su condición de empleado público, en la forma en que se determine reglamentariamente por cada Administración"
Presentación electrónica
- Puede usted realizar la presentación electrónica de la solicitud y documentación preferentemente a través de nuestra sede electrónica: https://sede.elpuertodesantamaria.es, seleccionando el asunto del catálogo de trámites, o bien, el formulario de propósito general.
- Será necesario disponer de certificado digital expedido por la FNMT y darse de alta en la sede SIGUIENDO las indicaciones que en ella se establecen. Por favor, descargue la última versión de AUTOFIRMA si ya estaba de alta en la sede.
- También puede realizar la presentación a través del Registro Electrónico Común del Estado: https://sede.administracion.gob.es, a través de los medios de identificación disponibles en ella, y sin que sea necesaria el alta previa.