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25 ABRIL 2026 ·

El Ayuntamiento informa sobre las reclamaciones por cortes de luz en Valdelagrana

El Ayuntamiento informa sobre las reclamaciones por cortes de luz en Valdelagrana
29/07/2015 #Ayuntamiento
De conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente, los consumidores y usuarios tienen derecho a ser indemnizados por los daños y perjuicios producidos en el consumo de bienes y servicios.
RECLAMACIONES POR INCIDENCIAS EN EL SUMINISTRO ELÉCTRICO De conformidad con lo dispuesto en la legislación vigente, los consumidores y usuarios tienen derecho a ser indemnizados por los daños y perjuicios producidos en el consumo de bienes y servicios. En este caso, en el servicio de suministro eléctrico que presta la empresa Endesa. FORMAS DE PROCEDER EN CADA CASO SI ES USTED EMPRESARIO, COMERCIANTE O PROFESIONAL DE LA HOSTELERIA: 1. Deberá reclamar directamente, por sus propios medios, a la empresa Endesa, que en nuestra localidad cuenta con un Punto de Servicio, SOTOSERVICE TECNOLOGÍA Y COMUNICACIÓN, S.L., sito en Plaza Elías Ahuja, nº 1. Tfno.: 956 057 644. 2. Si la respuesta de la empresa no le satisface, deberá acudir a los tribunales ordinarios de justicia. SI ES USTED CONSUMIDOR DIRECTO O USUARIO (es decir, un vecino afectado en su propio hogar): 1. Deberá poner una HOJA DE RECLAMACIONES a Endesa, expresando de forma clara y sencilla los hechos que motivan la reclamación. 2. Si la empresa no le contesta en el plazo de 10 días hábiles o la contestación no le satisface, podrá acudir pasados estos 10 días, con toda la documentación de que disponga (contrato, factura, publicidad, etc.) a cualquiera de estos organismos: La OMIC de El Puerto, en calle Nevería, nº 9, en horario de 9.00 a 13.00 horas, de lunes a viernes. Tfno.: 956 543 494. El Servicio Provincial de Consumo, en Avda. María Auxiliadora, nº 2, en Cádiz. Tfno.: 956 009 139. Cualquiera de los dos organismos tramitarán la Hoja de Reclamación por alguna de las vías previstas para solucionar los conflictos de consumo: La MEDIACIÓN, intentando llegar a un acuerdo amistoso entre ambas partes, o el ARBITRAJE, a través de la Junta Arbitral de Consumo. Para ello es muy importante que el consumidor, al rellenar la Hoja de Reclamaciones, marque las casillas “Acepto la realización de un arbitraje” y “Acepto la realización de una mediación”, ya que estas vías de resolución de conflictos serán las que se utilizarán por los organismos de consumo. Recuerde que el Ayuntamiento pone a su disposición los medios técnicos y humanos que necesite para aclarar posibles dudas.

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