Convocatoria de ayudas destinadas al Fomento del Trabajo Autónomo
Desde la Concejalía de Empresas y Autónomos se informa que la Junta de Andalucía ha lanzado para los años 2025 y 2026 las ayudas destinadas al fomento del trabajo autónomo en Andalucía, dentro de la Línea 2: Inicio de Actividad.
Estas subvenciones, que se suman a las de la Línea 1: Cuota Cero, buscan impulsar el emprendimiento y apoyar económicamente a las personas que inician un negocio como autónomos en la comunidad andaluza.
Los beneficiarios de la Línea 2 de Inicio de Actividad serán:
• Personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia, así como los trabajadores del mar, que disfruten de la reducción prevista en el artículo 38 de la Ley 20/2007 (Tarifa Plana estatal).
• Con efectos retroactivos, podrán acceder a esta ayuda los autónomos que iniciaron su actividad entre el 30 de septiembre de 2024 y el 11 de agosto de 2025.
Quedan excluidos:
• Autónomos colaboradores.
• Autónomos societarios (mercantiles, sociedades laborales o cooperativas).
• Personas que ejerzan funciones de dirección o gerencia en estas sociedades.
Requisitos para solicitar la ayuda:
• Estar dado de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) o en el Régimen Especial de los Trabajadores del Mar.
• Ser beneficiario de la cuota reducida de autónomos (Ley 20/2007).
• Desarrollar la actividad económica o profesional en Andalucía.
• Presentar un plan de viabilidad con un resultado positivo en todas las anualidades.
Cuantía de la subvención:
El importe de la subvención variará entre 3.800 € y 5.500 €, en función de la edad, el sexo y el lugar donde se desarrolle la actividad:
• Mujeres autónomas menores de 35 años: 5.000 €
• Hombres autónomos menores de 30 años: 5.000 €
• Mujeres autónomas de 35 años o más: 3.800 €
• Hombres autónomos de 30 años o más: 3.800 €
En el caso de que la actividad se desarrolle en municipios con menos de 10.000 habitantes, la cuantía podrá incrementarse hasta un máximo de 5.500 euros.
Quienes reciban esta ayuda deberán cumplir entre otros, los siguientes compromisos:
• Mantener la condición de autónomo durante al menos 12 meses consecutivos desde la fecha de la solicitud.
• No compatibilizar la actividad por cuenta propia con un trabajo por cuenta ajena superior al 25% del periodo subvencionado.
• Estar al corriente con la AEAT, la Seguridad Social y la Junta de Andalucía.
Plazos de solicitud:
El plazo de presentación de las solicitudes será desde el 12 de agosto de 2025 hasta el 30 de junio de 2026.
• Para nuevas altas en el RETA: se dispondrá de 2 meses desde la fecha de alta para presentar la solicitud.
• Para los autónomos dados de alta entre el 30 de septiembre de 2024 y el 11 de agosto de 2025, el plazo será de dos meses desde el 12 de agosto de 2025.
Más información y apoyo en la tramitación de estas ayudas:
Oficina de Atención al Empresario
Delegación de Empresas y Autónomos
Calle Delta, 1, Mod. 1 – Pol. Ind. Las Salinas
Email: ptocde@elpuertodesantamaria.es | Teléfonos: 956 860 677 – 650 385117